Se convocan becas para las siguientes enseñanzas:
1. Becas para alumnos con necesidades educativas especiales.
2. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias:
- Primer y segundo cursos de Bachillerato.
- Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Enseñanzas deportivas.
- Enseñanzas artísticas superiores.
- Estudios religiosos superiores.
- Estudios militares superiores.
- Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
- -Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos Formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional.
- Formación Profesional básica.
3. Enseñanzas universitarias:
- Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
- Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
- Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
- Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
Se mantienen las cuantías de las becas de carácter general para el curso 2015-2016, que serán las siguientes:
- Gratuidad de la matrícula: comprenderá el precio público oficial de los servicios académicos universitarios correspondiente a los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2016-2017.
- Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.500,00 euros.
- Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.500,00 euros.
- Beca básica: 200,00 euros.
- Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes, que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar, y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros.
Además, se establecen cuantías adicionales por residencia en Ceuta, Melilla y las islas, y por discapacidad.
- Plazos para presentar las solicitudes:
- Hasta el 17 de octubre de 2016 incluido, para los estudiantes universitarios.
- Hasta el 3 de octubre de 2016 incluido, para los estudiantes no universitarios.