El día 23 de diciembre se publicó la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2016/2017
Algunos aspectos a destacar:
* MATERIAS DE LA PRUEBA. Las pruebas versarán sobre las materias generales del bloque de las asignaturas
troncales de segundo curso de la modalidad elegida para la prueba.
Historia de España
Lengua Castellana y Literatura II
Primera Lengua Extranjera II
Materias generales del bloque de asignaturas troncales según modalidad e itinerario
Ciencias
Matemáticas II
Humanidades
Latín II
Ciencias Sociales
Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales II
Artes
Fundamentos del Arte II
Los alumnos que quieran mejorar su nota de
admisión podrán examinarse de, al menos, dos materias de opción del bloque de las
asignaturas troncales de segundo curso.
Materias de opción del bloque de asignaturas troncales según modalidad
Ciencias
Biología
Dibujo técnico II
Física
Geología
Química
Humanidades y Ciencias Sociales
Economía de la Empresa
Geografía
Griego II
Historia del Arte
Historia de la Filosofía
Artes
Artes Escénicas
Cultura Audiovisual II
Diseño
* FECHAS LÍMITE PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS
1. Las pruebas deberán finalizar antes del día 16 de junio.
Los resultados provisionales de las pruebas serán publicados antes del 30 de junio
* ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA EL ALUMNADO QUE INICIÓ LOS ESTUDIOS DE BACHILLERATO CONFORME AL SISTEMA EDUCATIVO ANTERIOR
En el curso 2016-2017, y en función de lo dispuesto por las administraciones
educativas, el alumnado que se incorpore a un curso de Bachillerato del sistema educativo
definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, con materias no superadas de
Bachillerato del currículo anterior a su implantación y curse dichas materias según el
currículo del sistema educativo anterior, no necesitará superar la evaluación de Bachillerato
regulada en la presente orden para acceder a los estudios universitarios oficiales de grado.
Se aplicará el mismo criterio al alumnado que obtuvo el título de Bachiller en el curso
2015-2016 y no accedió a la Universidad al finalizar dicho curso.
En ambos casos, y cuando este alumnado no se presente a la prueba, la calificación
para el acceso a estudios universitarios oficiales de grado será la calificación final obtenida
en Bachillerato.
TEXTO ÍNTEGRO DE LA ORDEN MINISTERIAL. VER
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Buenas tardes Jose Antonio , he leido el apartado de la nueva ley que habla de los alumnos de segundo de bachilleratao que estan cursando asignaturas no superadas el año anterior y creo haber entendido que para acceder a la universidad no tienen que presentarse a ninguna prueba , que pueden acceder con la nota final de bachillerato. Es eso cierto? O yo lo he entendido mal? Gracias
ResponderEliminarExacto Carmen, si están cursando las asignaturas no superadas del curso anterior acceden a la Universidad con la nota media del Bachillerato. No tienen que superar la prueba de final de Bachillerato
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